1-O, visto para sentencia



Entre septiembre y octubre de 2017, el separatismo atacó el orden constitucional. Lo hizo aprobando leyes y decretos contra las decisiones del TC, usando fondos públicos para financiar el proceso separatista, comprometiendo la Administración catalana en una sucesión de actos ilegales, sometiendo a los Mossos al guión del referéndum del 1-O, consintiendo y planificando que se produjeran actos de violencia como un factor más de la movilización social para la independencia. 

Hubo violencia en septiembre y octubre de 2017. Hubo la necesaria para movilizar al independentismo en la calle, provocar la reacción de las Fuerzas de Seguridad del Estado y asegurar la votación en el mayor número posible de centros electorales el 1-O. No fue una violencia generalizada porque el separatismo no la necesitó, ya que el poder público autonómico estaba al servicio del proceso de independencia.

Después de 52 sesiones, el juicio del «procés» queda visto para sentencia. La Fiscalía acusa de un delito de rebelión a los líderes independentistas, de entre los que Oriol Junqueras saldría el peor parado (hasta 25 años de prisión). En cambio, para Forcadell, Sànchez y Cuixart la petición es de 17 años. Para Turull, Romeva, Rull, Bassa y Forn, la petición es de 16 años. Y para Vila, Borrás y Mundó, 7 años de cárcel.

Las defensas han tratado de vender a los acusados como «presos políticos». Por su parte, la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación popular han centrado sus esfuerzos en demostrar que se produjo un golpe de Estado.

En la tarde de ayer, el magistrado Manuel Marchena pronunció el «visto para sentencia» que ponía fin al juicio penal más importante de la historia de la democracia española. Tras cincuenta y dos sesiones de vista oral, la Justicia puede sentirse orgullosa del trabajo que ha realizado la Sala Segunda del Tribunal Supremo. La evidencia se ha impuesto a las estrategias iniciales de las defensas, porque el rigor garantista aplicado por el magistrado Marchena, con el respaldo del tribunal, ha asegurado un proceso escrupulosamente respetuoso con los derechos de los acusados y de sus abogados defensores. Más allá del argumento tópico sobre la «criminalización» de las ideas, el proceso penal sobre el golpe de Estado termina con un fuerte blindaje para su posterior recorrido por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

¿Quisieron derogar la Constitución en Cataluña y separar esta Comunidad de España? Esta es la primera pregunta clave que debe resolver el tribunal cuando valore la prueba. Porque si la respuesta es afirmativa, la finalidad del delito de rebelión ya está acreditada, y faltará juzgar si hubo alzamiento público y violento. En el escenario ideal que se imaginaron los defensores aparecía el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como un libertador de los acusados. Este tribunal los despertó del sueño con una sentencia esencial para entender que la prioridad principal de un Estado es hacer respetar la legalidad constitucional y el orden público. Por eso, cuando los jueces europeos avalaron la suspensión de un pleno del Parlament por el TC, dieron un mensaje claro: no existe democracia sin respeto a la ley.

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