Tasas judiciales


Buena se ha montado con la puesta en vigor de la nueva tabla de las tasas judiciales. Además ha coincidido el hecho de no existir aún los formularios en los juzgados para que los litigantes puedan hacerlas efectivas lo que ha provocado que este tema esté en el candelero gracias a la desinformación interesada de diversos colectivos por razones totalmente diversas. La razón primordial aducida por el ministro Ruiz Gallardón es aligerar la carga de trabajo de los juzgados donde se amontonan gran cantidad de pleitos.

Una de las prioridades del Ministerio de Justicia es que con las tasas se sufrague la justicia gratuita. El titular de este departamento, Alberto Ruiz-Gallardón, prevé recaudar con el nuevo sistema de tasas 306 millones de euros, una mínima parte del coste total de la Justicia, que fuentes del Ministerio cifran en 4.000 millones.

En líneas generales, porque los partidos de la oposición, sindicatos, asociaciones de consumidores y, sobre todo, los colectivos que desempeñan su trabajo en esta Administración consideran que las tasas suponen una barrera al acceso a la Justicia y vulneran el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. En el caso de abogados y procuradores, la imposición de tasas recae directamente sobre su trabajo, pues a estas cantidades se suman sus honorarios, por lo que temen perder clientela.

Visto el cuadro adjunto puede observarse como regla general un aumento de un 100% de aquellas tasas ya existentes en tres de los cinco órdenes jurisdiccionales. En concreto, a la jurisdicción Civil, a la Social (o Laboral) y a la Contencioso-Administrativa. Quedan exentas la Penal (que representa cerca de un 70 por ciento de los asuntos que ingresan en los Tribunales) y la Militar. La aparición de nueva tasa en los recursos de suplicación y casación en los juzgados de lo Social. No en los juicios ordinarios y monitorios que siguen siendo gratuitos.

No habrá que pagar en la interposición de la demanda y presentación de ulteriores recursos en relación con los procesos de capacidad, filiación y menores, así como los matrimoniales que versen exclusivamente sobre la guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores.

Tampoco en la interposición de la demanda y posteriores recursos cuando se trate de procedimientos establecidos para la protección de los derechos fundamentales y libertades públicas, así como contra la actuación de la Administración electoral; la solicitud de concurso voluntario por el deudor; la interposición de recurso contencioso-administrativo por funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios; la presentación de petición inicial del procedimiento monitorio y la demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad cuando la cuantía de las mismas no supere 2.000 euros. Por último, está exenta de tasas la interposición de recursos contencioso-administrativos cuando se recurra en casos de silencio administrativo negativo o inactividad de la Administración.

Una vez analizada dicha tabla, y desde el punto de vista de alguien que afortunadamente no necesita de la justicia con regularidad y partiendo de la base de que cualquier aumento es antipático además de la falta de explicaciones desde el Ministerio de Justicia, hay que dar la razón al ministro al menos en algo importante, visto el abuso que se da en derecho penal desde la aparición de la Ley de Violencia de Género con montones de denuncias falsas o absurdas que se retiran una vez obtenida una pensión asistencial para las demandantes y subvención para los abogados que una vez comprobadas deberían estar acompañadas de condena y multas para ellos al estar usando la justicia para sus  fines torticeros 

Comentarios

  1. Cuto Calleja

    La falta de "educación" de la mayoría no puede justificar el eliminar derechos fundamentales a todo el mundo... y así vamos... que al final pagan justos por pecadores... es lo que queremos? "eso" es "justicia"?

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  2. Emérito Fernández

    Totalmente de acuerdo con Cuto Calleja, ya vale de justificar la recaudación con que hay gente con mucha cara, pues claro que la hay y hay más que no tienen cara y les toca por esos, eso tampoco es justicia.

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  3. Fulgencio Martínez-Abarca Gómez

    Otro capítulo más en este esperpento de país. La Justicia, cuyo buen funcionamiento es vital para la salud del Estado, por los suelos. Lenta e ineficaz. Para solucionarlo se encarece. Suma y sigue. Mal Gallardón en el fondo y en las formas. España está para huir de ella.

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  4. Guillermo Dupuy

    Naturalmente que una cosa es el derecho a la tutela judicial efectiva, que asiste a todo ciudadano, y otra, muy distinta, es el derecho a la justicia gratuita, al que sólo tienen derecho constitucional aquellos que acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Ahora bien, esto no borra las sustanciales diferencias que existen entre la introducción de tasas judiciales que Gallardón nos anunció al poco tiempo de asumir la cartera de Justicia y el tasazo que finalmente ha sido publicado en el BOE.

    Lo que nos anunció el ministro en enero es que sólo abonarían las tasas aquellos que planteasen recurso en segunda instancia sin razón para ello, pues a los litigantes cuyos recursos fuesen validados por tribunales de instancia superior se les devolvería lo abonado. Además, estarían exentos aquellos litigantes que acreditasen carecer de recursos. Planteado así, lejos de constituir una merma al derecho de tutela judicial efectiva, esas tasas tendrían la función de desincentivar una injustificada litigiosidad que sí merma ese derecho a través de algo tan indeseable como la dilación judicial. Y es que una justicia lenta no es justa.

    Sin embargo, aunque la reforma finalmente aprobada prevea "la exención subjetiva de aquellos a quienes se reconozca el derecho a la asistencia judicial gratuita", el resto de ciudadanos tendrá que abonarlas desde el primer momento, y en una cuantía que, más que desincentivar, va a espantar a los ciudadanos a la hora de recurrir a los tribunales. Bien está que se disuada a todos aquellos que recurren sentencias sin más razón que el abuso de la gratuidad de la justicia. Pero otra cosa es desincentivar el litigio por la vía de encarecer el coste del mismo hasta el extremo de que sea superior que el beneficio de ganarlo. Tal es el caso, por ejemplo, de establecer una tasa de 200 euros para recurrir una multa de tráfico que no conlleve la retirada de puntos y sea inferior a 100 euros.

    Entiéndaseme bien: no quiero alinearme con los que se oponen a cualquier introducción de tasas en el ámbito judicial, y no se me escapan los intereses corporativos y particulares que hay detrás de muchas críticas a Gallardón, especialmente en el caso de asociaciones de abogados y procuradores, que temen que estas tasas, sumadas a sus honorarios, les puedan llevar a perder clientela. Por el contrario, considero no sólo ineficiente sino injusto que litigios sin fundamento alguno los sufrague el conjunto de la ciudadanía, en lugar de los que los han protagonizado. Pero una cosa es lo que nos anunció Gallardón y otra muy distinta lo que ha aprobado. Me temo que este cambiazo no va a ser el único ni el peor respecto a lo mucho que prometió a principios de año y aún no ha sido ejecutado. Veremos cuánto tarda y en qué queda su prometido impulso de recuperar la separación de poderes.

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  5. Antonio Eduardo Pascual Martínez

    Vuelve a ser sorprendentemente actual el comentario que Quevedo ponía en boca de sus pícaros personajes del siglo XVII: "La justicia tiene sus engranajes, que se engrasan con oro"

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  6. TODAS LAS ALEGACIONES A FAVOR SON UNA PURA MENTIRA.

    En primer lugar, la implantación de las tasas judiciales de nuevo, NO VA A ALIVIAR DE TRABAJO a los Juzgados y Tribunales; AL CONTRARIO, incrementará el trabajo y el atasco, al tener que comprobar si se han abonado correctamente las tasas, así como a recordar su impago a quienes las omitan, voluntaria o involuntariamente.

    En segundo lugar, son una contravención clara del principio del Derechop Tributario: "Non bis in idem". El funcionamiento de la Administración de Juticia se financia con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Imponer una tasa para el acceso a la Justicia en cualquiera de sus instancias, o en casación, así como el copago de la Sanidad, suponen una vulneración de este principio, pues se paga dos veces por el servicio. Si lo que se quiere es que tanto al Sanidad como la Justicia se autofinancien, exclúyanse sus partidas de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y finánciese de forma autónoma, con cargo a las cotizaciones de seguridad Social, la Sanidad y con cargo a los usuarios la segunda, desde el sueldo de los magistrados, hasta el de los agentes judiciales, la tinta y el papel.
    ¿Es eso lo que se quiere?
    ¿En eso consiste la universalidad de la sanidad gratuita para todos?
    ¿Consistirá en eso la tutela judicial efectiva?
    Los dos son derechos constitucionales, no se olvide.

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  7. ego López Ordóñez

    TODAS LAS ALEGACIONES A FAVOR SON UNA PURA MENTIRA.

    En primer lugar, la implantación de las tasas judiciales de nuevo, NO VA A ALIVIAR DE TRABAJO a los Juzgados y Tribunales; AL CONTRARIO, incrementará el trabajo y el atasco, al tener que comprobar si se han abonado correctamente las tasas, así como a recordar su impago a quienes las omitan, voluntaria o involuntariamente.

    En segundo lugar, son una contravención clara del principio del Derecho Tributario: "Non bis in idem". El funcionamiento de la Administración de Justicia se financia con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Imponer una tasa para el acceso a la Justicia en cualquiera de sus instancias, o en casación, así como el copago de la Sanidad, suponen una vulneración de este principio, pues se paga dos veces por el servicio. Si lo que se quiere es que tanto al Sanidad como la Justicia se autofinancien, exclúyanse sus partidas de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y finánciese de forma autónoma, con cargo a las cotizaciones de seguridad Social, la Sanidad y con cargo a los usuarios la segunda, desde el sueldo de los magistrados, hasta el de los agentes judiciales, la tinta y el papel.
    ¿Es eso lo que se quiere?
    ¿En eso consiste la universalidad de la sanidad gratuita para todos?
    ¿Consistirá en eso la tutela judicial efectiva?
    Los dos son derechos constitucionales, no se olvide.

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  8. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  9. Luis González Serra

    Sí, pero el de tutela judicial efectiva es "fundamental" y el derecho a sanidad gratuita para todos no lo es. Aparte de que el art. 41 CE tampoco lo dice así: habla más bien de un sistema de seguridad social "para todos los CIUDADANOS"...

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  10. Pilar Zamora Ruiz

    No demos ideas no demos ideas que nos pondrán tasas por decirnos buenos días, por respirar.

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  11. Pilar Zamora Ruiz

    De verdad va a servir para disuadir a los que pleitean sin sentido ? ó es mero afán recaudatorio ?

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  12. Injusticia Malaga

    haber si revienta esto ya de una puta vez.

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  13. Manuel Rodriguez Alvarez

    nada, nada señor gallardonn, no hay como aligerar los juzgados como imponiendo unas tasas muy altas para que los ciudadanos que no puedan pagarlas no acudan a la justicia, volvera el ojo por ojo y diente por diente, se llenaran las carceles pero los juzgados estaran libres de trabajo, y luego pongan una tasa de mil euros cada dia que una persona ingresa en un hospital y vera como los hospitales tambien se aligeran de trabajo y asi no tendran que pagar a tanto personal, y asi los chorizos politicos tendran más dinero a repartir, !!que pais" ¿pero es que en este pais sólo se dedican a la politica los mas tontos y ladrones?

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