La imputación de Artur Mas

Aunque los resultados de las elecciones del domingo y las
negociaciones que habrán de celebrarse para confirmar un nuevo Gobierno
acaparen, lógicamente, la atención de los medios, no debería pasar inadvertida
una noticia de gran trascendencia: El procesamiento del expresidente de la Generalitat de Cataluña Artur Mas de la
exvicepresidenta Joana Ortega y de la exconsejera de Enseñanza Irene Rigau por
la ilegal consulta secesionista celebrada el 9 de noviembre de 2014.
El magistrado Joan Manel Abril ve la existencia de indicios de delito de desobediencia y prevaricación en la celebración de aquella consulta. En su auto de apertura de juicio, el TSJC explica que Artur Mas "declaró ser el máximo responsable de la iniciativa política" consistente en organizar la consulta "y de haber impulsado el proceso participativo de 9N. Asimismo, refirió haber recibido una comunicación por parte del presidente del Tribunal Constitucional, en la que se le indicaba la suspensión de la convocatoria del 9N y de las actuaciones de preparación de la misma o vinculadas a ella".
En un principio, los delitos por los que se imputaba a Mas eran tres y todos ellos de especial gravedad: malversación de fondos públicos, desobediencia grave y prevaricación administrativa. En el auto del magistrado se acusa a Mas, Rigau y Ortega, indiciariamente, de los dos últimos delitos pero no de malversación de fondos públicos, como también contemplaba la Fiscalía en su querella y otras acusaciones. Curiosamente, el de malversación de fondos públicos es el único de los tres delitos que puede acarrear penas de cárcel, además de inhabilitación, si se demuestra que los acusados se lucraron personalmente con el dinero o si no lo devuelven.
Por tanto, ahora ya son dos los delitos a los que finalmente se enfrentaría Artur Mas cuando se siente en el banquillo ante el juez:
- Desobediciencia grave: el castigo que afronta por este delito es la multa de tres a doce meses e inahibilitación especial para ejercer empleo o cargo público durante un mínimo de seis meses a un máximo de dos años.
- Prevaricación administrativa: por este delito el Tribunal Superior de Cataluña puede imponerle una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de entre siete a diez años.
El magistrado Joan Manel Abril ve la existencia de indicios de delito de desobediencia y prevaricación en la celebración de aquella consulta. En su auto de apertura de juicio, el TSJC explica que Artur Mas "declaró ser el máximo responsable de la iniciativa política" consistente en organizar la consulta "y de haber impulsado el proceso participativo de 9N. Asimismo, refirió haber recibido una comunicación por parte del presidente del Tribunal Constitucional, en la que se le indicaba la suspensión de la convocatoria del 9N y de las actuaciones de preparación de la misma o vinculadas a ella".
En un principio, los delitos por los que se imputaba a Mas eran tres y todos ellos de especial gravedad: malversación de fondos públicos, desobediencia grave y prevaricación administrativa. En el auto del magistrado se acusa a Mas, Rigau y Ortega, indiciariamente, de los dos últimos delitos pero no de malversación de fondos públicos, como también contemplaba la Fiscalía en su querella y otras acusaciones. Curiosamente, el de malversación de fondos públicos es el único de los tres delitos que puede acarrear penas de cárcel, además de inhabilitación, si se demuestra que los acusados se lucraron personalmente con el dinero o si no lo devuelven.
Por tanto, ahora ya son dos los delitos a los que finalmente se enfrentaría Artur Mas cuando se siente en el banquillo ante el juez:
- Desobediciencia grave: el castigo que afronta por este delito es la multa de tres a doce meses e inahibilitación especial para ejercer empleo o cargo público durante un mínimo de seis meses a un máximo de dos años.
- Prevaricación administrativa: por este delito el Tribunal Superior de Cataluña puede imponerle una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de entre siete a diez años.
Se sospecha que la no imputación por usurpación de funciones y malversación que si llevaría penas de cárcel, se ha conseguido gracias a un acuerdo del actual presidente de la Generalitat en su reunión con Mariano Rajoy. Recuérdese que el entonces fiscal general del Estado, el dimitido Eduardo Torres Dulcee, también apreciaba delitos de usurpación de funciones y malversación.
Artur Más puso entonces en jaque las instituciones democráticas al asegurar que "ninguna Constitución y ningún tribunal impedirían la celebración de la consulta, desobediencia que consumó el 9-N tras las reiteradas sentencias del TC que la habían prohibido clara y taxativamente. Semejantes delitos no pueden quedar impunes en ningún Estado de Derecho que se precie y en el que impere la igualdad de todos ante la ley.
Esta ha sido sólo un capítulo más de la rebelión institucional que se perpetra en Cataluña desde 2012; y aunque muchos consideren con fundamento que se perpetraron más delitos que los de desobediencia y prevaricación. Se trata de una excelente noticia que bien debería significar el principio del fin de la clamorosa impunidad de la que los golpistas vienen gozando desde que pusieron en marcha el el proceso secesionista.
Esta ha sido sólo un capítulo más de la rebelión institucional que se perpetra en Cataluña desde 2012; y aunque muchos consideren con fundamento que se perpetraron más delitos que los de desobediencia y prevaricación. Se trata de una excelente noticia que bien debería significar el principio del fin de la clamorosa impunidad de la que los golpistas vienen gozando desde que pusieron en marcha el el proceso secesionista.
Maria Reverte Pozo
ResponderEliminarSe quedara en nada.
Jose Vicente Sanchis Gomez
ResponderEliminaral talego ya pero todos los golpistas
Africa Banco Gonzalez
ResponderEliminarhace tiempo que debería estar imputado... pero como siempre tarde mal y nunca..
Mayra Valdés Zamora
ResponderEliminarA la carcel
Santiago Nuevo Fernandez
ResponderEliminary los excluyen de malversacion de fondos publicos que conllevaria carcel