A un paso de ser implantada la ley del embudo
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid, en un auto dictado por el magistrado Alfonso Villagómez Cebrián, ha declarado «nula de pleno derecho» la orden de la consejería de Sanidad publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el pasado miércoles, en la que se imponían nuevas limitaciones sociales y de la actividad económica relacionadas con el Covid-19. Entre ellas la de prohibir fumar en la vía pública y en espacios públicos si no se puede respetar una distancia de 2 metros con las otras personas. Una medida que, pese a contar con el acuerdo del Ministerio de Sanidad –tal y como expresó el Ejecutivo regional– para para intentar frenar la expansión de la pandemia no está ajustada a Derecho según el magistrado por no enmarcarse en un estado de alarma ni haber sido publicada previamente en el Boletín Oficial del Estado. El error radica en que en el BOE «no ha aparecido la Orden Ministerial de Sanidad a la que se hace referencia en pr...